domingo, 28 de junio de 2015

EL PODER JUDICIAL QUE NECESITAMOS

EENDDTP


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Hoy voy a someter a su consideración mi visión del mas controvertido, delicado e importante de los Poderes públicos Nacionales: EL PODER JUDICIAL, de cuyo celo y vigilancia depende el Estado de Derecho. 

Con el propósito de encontrar la fórmula o manera que racionalmente se acerque más a la obtención de un Poder Judicial liberado de los intereses político partidistas que hasta el presente han hecho desconfiable la administración de justicia, he emprendido la tarea, con el asesoramiento de destacados profesionales del Derecho Constitucional, de buscar y encontrar la causa real que no nos ha permitido gozar de un sistema judicial que a la vez de guardián del sistema democrático, vele por la integridad y correcta aplicación de la Constitución, del normal funcionamiento de las otras Ramas del Poder Público Nacional y de la eficacia y equilibrio de las Instituciones del Estado, que tienen bajo su potestad importantes áreas de los derechos y garantías del ciudadano y de la sociedad en su conjunto.

¿Dónde está el factor contaminante del sistema judicial? Sin lugar a dudas en su fuente genésica. Es del conocimiento publico que los Magistrados judiciales son escogidos por los representantes de los partidos políticos en la Asamblea Nacional (antes Congreso) según un criterio político partidista con los resultados que todos conocemos y que están a la vista. Resulta entonces evidente que a los partidos políticos hay que excluirlos de esta función. Para erradicar esta inveterada aberración, que no permite la independencia y autonomía de los jueces, se precisa cambiar el método de selección y nombramiento. Mientras más lejos esté la política y los partidos de la justicia ... mejor para todos, inclusive, para los propios partidos políticos.

Es imperativo encomendar la función de seleccionar el grupo de ciudadanos de donde saldrán los futuros Magistrados con probada capacidad para el desempeño del oficio y de indiscutida probidad para merecer la confianza ciudadana, no a unas instituciones políticas por muy democráticas que ellas sean, sino a una entidad ajena a las pasiones, preferencias o compromisos con valores circunstanciales que, por su misma naturaleza, están conectados con factores materiales e ideológicos que no representan a la totalidad social, ni al fin, armonía y justicia que persigue el Estado.

Con fuerza en estas razones he decidido, previo asentimiento de mi equipo asesor, proponer una fórmula y un procedimiento que, ponderando factores y circunstancias diversos, nos conduzca a lograr un Poder Judicial confiable, creíble y estable.

El nuevo Poder Judicial propuesto deberá comprender dos niveles. Un primer nivel representado por un Tribunal Constitucional, destinado a garantizar la vigencia plena de la Constitución de la República, con poder suficiente para anular cualquiera norma jurídica y formal dictada por el Poder Legislativo (o de cualquiera otro origen) que la contraríe. Siendo además, su intérprete final con plena facultad para decir y establecer que es ley; y su concepto será inapelable. Teniendo además las siguientes atribuciones:
  • Juicio al Presidente de la República
  • Demanda de nulidad contra tratados o convenciones internacionales
  • Demandas contra la República por gobiernos extranjeros
  • Tomar juramento al Presidente de la República

Este Tribunal Constitucional, por su naturaleza y fines, deberá estar ubicado fuera del Sistema Judicial Ordinario e integrado por siete (7) Magistrados políticamente independientes, mayores de sesenta (60) años de edad, que gocen de alta consideración moral, que reúnan las condiciones para el ejercicio de cargo de tan alta y delicada responsabilidad y que sean jurisconsultos de reconocida competencia en la disciplina del Derecho Constitucional. Las personas adecuadas para  tan alta responsabilidad deberán ser seleccionadas por la Academia de Ciencias Políticas y Sociales, en número no inferior al triple de los integrantes de ese Alto Tribunal, de los cuales el Congreso de la República escogerá los siete (7) Magistrados que integrarán el Tribunal Constitucional, quedando el resto como suplentes. La permanencia de los magistrados en el cargo dependerá de su probidad y desempeño, no pudiendo prolongarse más allá de los ochenta (80) años de edad. Cada vez que sea necesario, la Academia de Ciencias políticas y Sociales hará nueva selección para mantener el número de magistrados potenciales, que será cursada al presidente del Congreso de la República.

El Segundo Nivel del Poder Judicial que se propone está representado por lo que podríamos llamar la  organización tribunalicia tradicional, cuya máxima jerarquía la ostentaría una Corte Superior de Justicia, compuesta por las Salas Penal, Civil, Político Administrativa y Laboral, que funcionarían como instancia de casación en sus respectivas competencias, desapareciendo la Sala Constitucional cuyas atribuciones (en líneas generales) serán absorbidas por el Tribunal Constitucional. Y la Sala Electoral, materia que por su especificidad e importancia, pasará a ser competencia, en instancia única, del Tribunal Electoral, que tampoco formará parte del Sistema Ordinario de Justicia.

Cada una de las Salas estaría integrada por cinco (5) magistrados, observándose para su dotación similar procedimiento al utilizado para la conformación del Tribunal Constitucional. Para ser Magistrado de Sala se requerirá una edad no inferior a cincuenta (50) años y ser especialista en la materia correspondiente. Lo relativo a permanencia en el cargo y condiciones económicas se regularán por ley especial dictada por el Congreso de la República. Los demás jueces que conformarían el Sistema Judicial se proveerían mediante concurso. Para los ascensos se aplicarían elementos de objetiva comprobación: rendimiento, calidad de las sentencias, estudios realizados, conducta ciudadana y profesional y honorabilidad reconocida.

La existencia del Tribunal Constitucional propuesto, no liberará a los tribunales del Sistema Judicial Ordinario de ejercer el control difuso de la Constitucionalidad de las leyes, y demás actos normativos y de ejecución del Poder Público, puesto que esa función es parte de la Unidad del Sistema Contralor de la Constitucionalidad.

Este nuevo Poder Judicial que propongo deberá estar al servicio de la sociedad entera y realizará la justicia en la medida en que sus jueces sean honorables, sabios, prudentes y justos.


Saludo libertario: 
Ángel Vivas



¡MUERA LA TIRANÍA VIVA LA LIBERTAD!
GENERALÍSIMO DE MAR Y TIERRA DON FRANCISCO DE MIRANDA
2 DE FEBRERO DE 1806



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